El Ministerio de Educación (Minedu) publicó las orientaciones para
la prestación gradual, voluntaria, flexible y segura de los servicios
educativos a distancia, semipresencial y presencial en las instituciones
públicas y privadas y programas educativos ubicados en los ámbitos rurales y
urbanos del país.
Como se sabe, en el primer mes del año escolar 2021, todas las
instituciones educativas o programas educativos ofrecerán el servicio educativo
a distancia hasta que el Minedu disponga el inicio del retorno a clases con
algún grado de presencialidad.
Al respecto, el retorno semipresencial y presencial a las
instituciones educativas debe considerar de manera concurrente tres condiciones
básicas: de contexto, de bioseguridad y sociales.
Las condiciones de contexto permiten identificar las escuelas que en
un distrito estarían habilitadas para prestar el servicio educativo tomando en
cuenta los indicadores epidemiológicos y territoriales. Las condiciones de
bioseguridad abarcan las acciones adoptadas en las propias instituciones para
garantizar un servicio de manera segura, en tanto las condiciones sociales
consisten en la voluntad y la conformidad de la comunidad con la prestación del
servicio educativo.
Las escuelas que cumplan las tres condiciones se consideran aptas
para el servicio con algún grado de presencialidad. En caso de que no se
cumplan estas condiciones, los colegios ofrecerán el servicio educativo a
distancia.
La norma, publicada mediante la Resolución Ministerial N°
121-2021-MINEDU, precisa que todas las instituciones y programas educativos
deben elaborar un plan de implementación para la prestación del servicio, sea o
no sea presencial.
El plan comprende las medidas para el acondicionamiento del local
educativo, como el aforo y uso de ambientes, el mantenimiento del local, la
limpieza y desinfección, ventilación, la organización del mobiliario, los
puntos de lavado y desinfección, las funciones del personal, entre otras.
Por otro lado, el Minedu dispuso la aplicación del Sistema de
Seguimiento y Alerta para el Retorno Seguro para el monitoreo y el cumplimiento
de las condiciones y las prácticas de prevención en cada institución educativa.
Consideraciones socioemocionales, pedagógicas y de gestión
Además, la norma contiene un conjunto de consideraciones
socioemocionales, pedagógicas y de gestión en las escuelas. En todos los tipos
de prestación de servicio, el soporte socioemocional debe ser considerado un
pilar de la atención educativa para favorecer el bienestar y el desarrollo de
los aprendizajes, mientras que las consideraciones pedagógicas comprenden
acciones para la consolidación, la continuidad y el reforzamiento de los
aprendizajes.
De igual forma, se plantean una serie de medidas de gestión sobre la
prevención del contagio del Covid-19, la protección personal, el monitoreo de
las condiciones de salud del personal y de los estudiantes, el funcionamiento
del local educativo, la comunicación con la comunidad y acciones para el inicio
y el desarrollo de la jornada escolar.
Principios del retorno
En las orientaciones se precisa que todo servicio educativo debe
considerar cuatro principios: seguridad, flexibilidad, gradualidad y
voluntariedad. El retorno debe ser seguro, es decir, que garantice un conjunto
de medidas sanitarias, epidemiológicas y protocolos de prevención de
bioseguridad, y flexible, que permita adaptarse a los cambios tomando en
cuenta las consideraciones pedagógicas, socioemocionales, de gestión escolar y
los tipos de servicio.
Asimismo, debe ser gradual, pues el retorno a la presencialidad
o semipresencialidad implica un tránsito progresivo y ordenado sobre la base de
la confianza de la comunidad educativa; además, es voluntario, ya que las
familias decidirán el tipo de servicio (a distancia, semipresencial o
presencial) que recibirán sus hijos en coordinación con la institución
educativa.